A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Oscar Andres Churta Barco·Demandado Comision Seccional De Disciplina Judicial Del Caqueta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo de Caquetá.
La controversia entre las precitadas Corporaciones se presentó porque la primera, en sede de impugnación, declaró la nulidad de todo lo actuado a partir del auto de admisión de la demanda y decidió remitirlo al segundo, con base en el inciso 2º numeral 8º del artículo 1º del Decreto 333 de 2021 y de la propia postura que previamente había adoptado en dos decisiones sobre el particular.
Luego de recordar que las reglas de reparto no son reglas de competencia, se dirimió el conflicto con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar la nulidad de las actuaciones surtidas dentro de los trámites de las acciones de tutela, así como de apartarse de su conocimiento con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 y sus decretos modificatorios.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 9 de julio de 2025, dictado por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, en el marco de la acción de tutela promovida por Oscar Andrés Churta Barco en contra de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Caquetá.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5117 a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar la nulidad de las actuaciones surtidas dentro de los trámites de las acciones de tutela, así como de apartarse de su conocimiento con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 y sus decretos modificatorios.
- CUARTO. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Tribunal Administrativo de Florencia la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.